viernes, 29 de junio de 2007

Exageración en la querella contra Intervida

Finalmente ayer supimos que la Fiscalía había decidido presentar en los juzgados de Barcelona una querella criminal contra los gestores deIntervida a los que acusa de apropiación indebida, asociación ilícita, delito societario, delito de administración desleal y estafa. En la querella se refieren las operaciones presuntamente irregulares que la ONG efectuó en Guatemala y en Perú a través de empresas vinculadas a la Fundación así como señala que la contabilidad de ésas sociedades no ha quedado recogida en las memorias contables anuales de la fundación.Por el momento, el fiscal pide al juez que decrete el secreto del sumario y que solicite el interrogatorio como imputados de los gestores de Intervida que entre los años 2000 y 2004 gestionaron los fondos de la Fundación.
El secreto del sumario parece lógico en un caso que con anterioridad al inicio de un sumario se "jugó" básicamente en los medios de comunicación, cosa que ocurre a menudo con los temas sensibles o de interés social. El hecho de que el caso esté en manos de la justicia asegura que, además, cualquier información sobre el mismo se mide ahora en términos jurídicos lejanos a cualquier tono amarillento, al menos en su origen. Que la justicia empiece ahora su recorrido asegura también que no se celebrarán juicios paralelos, que los imputados podrán defenderse y que la presunción de inocencia será preservada.Los términos en que se mueve la querella son graves, aunque de todosellos destaca la acusación de asociación ilícita.
Si bien las acusacions de estafa, apropiación indebida, administración desleal y delito societario se engloban en el ámbito de delitos económicos, la sorprendente acusación de asociación ilícita va un poco más allá. Según leemos en el artículo 515 del Código Penal dedicado a la asociación ilícita, lo son, en principio los grupos de carácter paramilitar, los grupos terroristas y los racistas. También se incluyen las asociaciones "que tengan por objeto cometer algún delito o después de constituidos promuevan su comisión, así como las que tengan por objeto cometer o promover la comisión de faltas de forma organizada, coordinada y reiterada", cosa que sería como decir que todos los delitos del código Penal cometidos por un grupo de personas serían considerados como asociación ilícita. Resulta evidentemente un término exagerado que, hasta el momento, habíamos visto relaccionado fundamentalmente con terrorismo y asuntos de mayor gravedad, por muy seria que sea una acusación de fraude contra una ong.

1 comentario:

Ascaso dijo...

Ultimamente está todo tan desquiciado que ya no me extraña nada, pero teneis razón en lo de que lo de la asociación ilegal parece un pelín sacado de madre.